Lista para ser Ley de la República quedó la reforma al Código de Aguas que fortalece las atribuciones de información, fiscalización y sanciones a la Dirección General de Aguas del MOP, luego de ser votada por unanimidad en la Sala de la Cámara de Diputados.
De esta forma, los diputados respaldaron por unanimidad las enmiendas propuestas por el Ejecutivo al Senado, también aprobadas allí por unanimidad, cerrando así el proceso legislativo.
“Estamos muy contentos porque se aprobó por unanimidad la primera reforma al Código de Aguas que establece nuevas normas de información, nuevas normas y atribuciones de fiscalización y también nuevas sanciones. ¿Por qué de información? Para que cada uno, cada persona, cada institución que saque agua de los ríos y los cauces se informe adecuadamente y esa información la podamos tener para ver la situación de las aguas de cada río. De la misma forma, nuevas facultades de fiscalización para la Dirección General de Aguas para poder fiscalizar en terreno, para poder entrar a los distintos predios, incluso con ayuda de la fuerza pública cuando es necesario. Y tercero, un aumento de multas a quienes infraccionan, a quienes no cumplen el Código de Aguas y también aumento de multas y sanciones penales para quienes roban agua. Por eso, consideramos que es positivo, por el cambio climático, es positivo por la nueva situación que vive Chile y doblemente positivo que haya sido aprobado por unanimidad”, destacó el Ministro de Obras Públicas, Alberto Undurraga.
Por su parte, el Director General de Aguas del MOP, Carlos Estévez, señaló que “luego de un importante trabajo realizado para reformar el Código de Aguas desde el inicio del gobierno de la presidenta Bachelet, podemos decir que ya no dará lo mismo vulnerar los derechos de los más pequeños, porque contaremos con mejor información en derechos de aguas, facilidades para nuestros fiscalizadores y sanciones realmente disuasivas, que aumentan hasta 100 veces su monto”.
Asimismo la SEREMI de Obras Públicas, Natalia Sánchez, indicó que esta Reforma junto a muchas otras impulsadas por el Gobierno de la Presidenta Bachelet, “viene a construir un Chile más justo y equitativo, permitiendo transparentar la información sobre las aguas entregadas en derecho a los usuarios de nuestras cuencas, para poder planificar el uso del recurso agua. Esta reforma fortalece las atribuciones de fiscalización y sanciones de la Dirección General de Aguas del MOP, permitiendo ser eficaces en las tareas que la ciudadanía requiere del Estado, desincentivando la ilegalidad en contra de la norma”.
Esta nueva ley refuerza el rol fiscalizador de la DGA, otorgando la calidad de ministro de fe del funcionario, entregando mayor peso probatorio a sus actas de fiscalización; permite el acceso a predios, pudiendo solicitar el auxilio de la fuerza pública directamente. Además, se podrán paralizar obras que se ejecuten sin autorización en cauces naturales u ordenar el cegamiento de pozos.
Se tipifican nuevas faltas y aumentan las sanciones, considerando que hoy rige una multa máxima de 20 Unidades Tributarias Mensuales. Ahora será la DGA la que determine las multas, cuyo cobro estará a cargo de la Tesorería General de la República.
Las sanciones irán del primer al quinto grado, según el tipo de contravención de que se trate, con multas que fluctuarán de 10 a 50 UTM, para el primer grado; de 51 a 100 UTM, para el segundo grado; serán de 101 a 500 UTM para el tercer grado; de 501 a 1.000 UTM en el cuarto grado y de 1.001 a 2.000 UTM en el quinto grado, para el caso de quienes falsean o duplican títulos para inscripciones fraudulentas.
Estas multas contarán con tres tipos de agravantes que permitirán aumentar la sanción hasta un 50%, 75% o 100%, entre las cuales están la afección de la disponibilidad para el consumo humano, cometer acciones en áreas protegidas, perjudicar gravemente el cauce o la calidad de las aguas.
Se incrementan las sanciones a quienes efectúan modificaciones de cauces sin permiso y se incorporan como sanción la falta de entrega de información solicitada así como la negativa de permitir el acceso a terreno a los funcionarios que ejecuten labores de fiscalización.
Un punto significativo, es que se aumentan las sanciones penales para el delito de usurpación de aguas, tanto en el rango en la pena de presidio, como de la multa máxima actual, pasando de 20 UTM a 5.000 UTM, correspondientes a los artículos 459 y 460 del Código Penal.
El mayor y mejor acceso a la información se traduce en la posibilidad de recibir mediante sistemas en línea el control de extracciones y a su vez, los Conservadores de Bienes Raíces informarán a la DGA sobre las inscripciones de derechos.
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