El presidente anunció el envío al Congreso el Proyecto de Ley de Delitos Informáticos, el cual busca establecer un marco regulatorio responsable y comprometido con los desafíos de Ciberseguridad y de acuerdo con el Convenio de Budapest. También faculta al Ministerio de Interior a presentar querellas en caso de interrupción a servicios públicos por delitos informáticos.

El Instructivo Presidencial sobre Ciberseguridad junto con el  proyecto de ley sobre delitos informáticos son parte de una Política Nacional de Ciberseguridad que busca, junto con el proyecto de protección de datos personales, fortalecer la coordinación,  infraestructura y  capacidades de defensa frente a las diversas amenazas que implica la  revolución tecnológica.

Al respecto,  Milena Acevedo, SEREMI de Gobierno de la región de O´Higgins, destacó la importancia de esta iniciativa  y al mismo tiempo señaló la necesidad de la misma; “El gobierno del Presidente Sebastián Piñera se hace cargo de este importante tema y para ello se requiere un cambio de cultura de las personas, tanto de quienes  administran los sistemas y los beneficiados, para que se tome  conciencia del riesgo y del peligro que significa en la sociedad moderna el mal manejo de  datos. El Cibercrimen se ha transformado en una preocupación para la ciudadanía, por la vulneración de plataformas financieras y de datos personales, además de casos de hackeo de tarjetas de crédito, robo de claves bancarias, entre otros”, expresó la autoridad regional

Según la PDI, los delitos informáticos aumentaron un 74% el año 2017 en comparación con 2015 y dado este incremento se ha vuelto prioritario para el gobierno actualizar la normativa vigente para prevenir y sancionar estos delitos.

La normativa que hoy rige los delitos informáticos es la Ley 19.223 que fue promulgada en 1993 y en la cual se tipificaron 4 figuras penales relativas a sistemas de información, pero ello ocurrió cuando en Chile recién comenzaba el desarrollo de Internet y hoy esa realidad ha sido superada por el desarrollo tecnológico de los últimos 15 años.

En esta normativa se establecen nuevos delitos informáticos y sus respectivas sanciones y penas:

1.- Perturbación informática: referido a quien maliciosamente obstaculice o perturbe el funcionamiento de un sistema informático a través de la introducción, transmisión, daño, deterioro, alteración o supresión de datos informáticos. Se establece una pena de presidio menor en su grado medio a máximo.

2.- Acceso ilícito: se refiere al  hackeo a todo o parte de un sistema informático y su pena es presidio menor en su grado mínimo o multa de 11 a 20 UTM. La pena aumenta si existe el ánimo de usar la información sustraída.

3.- Interceptación o interferencia: es la intervención indebida y maliciosa de las transmisiones no públicas entre sistemas informáticos, como mails y  WhatsApp. Se propone una pena de presidio menor en su grado mínimo a medio.

4.- Daño informático: se refiere a cuando se alteran, borran o destruyen datos informáticos causando un daño serio al titular de los mismos y su pena es de presidio menor en su grado medio.

5.- Delito de falsificación informática: se refiere a la introducción maliciosa, alteración, borrado, deterioro, daño, destrucción o supresión que genere datos no auténticos con el propósito de ser utilizados como “auténticos” (pishing). Será sancionado con las penas de presidio menor en cualquiera de sus grados y si trata de un sistema informático público se sancionará con agravantes.

6.- Fraude informático: referido a quien  defraude a otro con la finalidad de obtener un beneficio económico ilícito para sí o un tercero, utilizando la información contenida en un sistema informático. Las penas varían según el valor del perjuicio cometido.

7.- Abuso de dispositivos: referido a quienes usen dispositivos que alteren la integridad datos informáticos, perturben el sistema informático, permiten el acceso ilícito e interceptación ilícita, o aquellos contenidos en el artículo 5º de la Ley sobre Extravío, Robo o Hurto de Tarjetas de Crédito o Débito. Se sanciona con presidio menor en su grado mínimo y multa de 5 a 10 UTM.

El presidente, además, firmó un Instructivo Presidencial que establece obligaciones para los distintos servicios del Estado y una Gobernanza Transitoria de Ciberseguridad, responsable de implementar las diferentes políticas y normas y crear los centros de Coordinación ante incidencias informáticas en sectores públicos y privados.

En los próximos meses se presentará el proyecto de ley Marco de Ciberseguridad, que establecerá la Gobernanza Definitiva que establece la política nacional de Ciberseguridad.

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