El documento,  que además cuenta con la firma del Ministro del Medio Ambiente Marcelo Mena y de la Ministra de Salud Carmen Castillo, ya fue ingresado a Contraloría General de la República para la Toma de Razón.

Desde el año 2016, todas  las estaciones de monitoreo de  calidad del aire de la Región, ubicadas en Rancagua, Rengo y San Fernando,  están midiendo el Material Particulado 2,5, cuyos resultados dan cuenta de una superación de la Norma de calidad del aire, según los datos entregados por la Superintendencia del Medio Ambiente. Estos antecedentes,  sumado a un  informe técnico elaborado por la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, basado en diversos estudios realizados a nivel regional, dio paso a la elaboración del Decreto Supremo que permite la  declaración de zona saturada por material particulado fino respirable (MP2,5) por concentración anual y de 24 horas, del Valle Central de la región de O´Higgins, por parte del Ministerio del Medio Ambiente, el cual esta semana fue firmado por la Presidenta Michelle Bachelet, el Ministro del Medio Ambiente Marcelo Mena y la Ministra de Salud Carmen Castillo, ingresando a Contraloría para su Toma de Razón.

Así lo dio a conocer  la SEREMI del Medio Ambiente de O’Higgins, Giovanna Amaya, “Este es un nuevo compromiso cumplido por nuestra la Presidenta Michelle Bachelet, Campeona Mundial del Medio Ambiente, por eso nos sentimos felices de este gran logro que consagra el tremendo Legado Ambiental que estamos dejando, sabemos que urge la elaboración de un Plan de Descontaminación Atmosférica enfocado al material particulado fino MP2,5, pues este es el más dañino para la población, ya que se atasca en los pulmones y alveolos”,  aseguró la autoridad ambiental, y  agregó, “El MP 2,5 permanece en la atmósfera por un tiempo más largo, lo que hace que pueda transportarse por largas distancias, impactando a escala regional, por ello recabamos todos los antecedentes necesarios para acreditar la superación de la Norma de Calidad del Aire y hoy, podemos decir con gran orgullo que cumplimos,  a partir de la aprobación de Contraloría, hacer  la resolución que inicia la elaboración del  Plan de Descontaminación Atmosférica que nos permita regular las emisiones de este contaminante, con el único fin de mejorar la calidad de vida de todos”.

Por su parte, el Diputado Juan Luis Castro, valoró el trabajo realizado por la Autoridad Ambiental, en esta materia, “Quiero destacar y valorar la acción de la SEREMI del Medio Ambiente Giovanna Amaya en estos cuatro años, porque ella ha estado persistentemente atenta a poner a tono la realidad del material particulado en la zona saturada ya hace varios años, pero ahora, buscando e insistiendo, con nuestro apoyo, en que este Decreto que tiene una importancia clave, se produzca”, aseguró.

Este Decreto Supremo que declara zona saturada por Material particulado 2,5 permitirá la próxima elaboración de un Plan de Descontaminación que regule las emisiones de este contaminante en la Región, ya que la principal fuente de MP2,5 en el sector es la combustión residencial de leña, seguida de quemas agrícolas, fuentes puntuales y móviles, lo que, para el Presidente de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Rancagua, Edison Pincheira, es un gran paso y  el inicio de un  nuevo compromiso de parte de los ciudadanos en este trabajo conjunto por descontaminar el aire de O’Higgins, “Para nosotros como representantes de la sociedad organizada, nos llena de satisfacción esta importante noticia, que va en beneficio de nuestra comunidad, sabemos la problemática de la contaminación atmosférica, principalmente los meses críticos, pero también como organización nos ponemos a disposición para la discusión y el análisis de todas las medidas necesarias para el desarrollo de este Plan”.

Este nuevo PDA, contemplaría como zona saturada por MP 2,5 las mismas comunas declaradas  zona saturada por MP10,  que incluye a las comunas de Graneros, Rancagua, Doñihue, Olivar, Coltauco, Coínco, Quinta de Tilcoco, San Vicente de Tagua Tagua, Placilla, Mostazal, Codegua, Machalí, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo, permitiendo así, integrar en un solo instrumento ambos Planes de Descontaminación Atmosférica, con la debida reformulación del actual PDA por MP 10.

 

 

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