En el día de hoy, 27 de abril de 2017,  nos hemos enterado que la Corte de Apelaciones de Rancagua ha confirmado la medida cautelar de prisión preventiva para Pablo Yáñez Mardones, uno de los dos ejecutivos de la CGE que ha estado privado de libertad desde la última audiencia de formalización. A la vez, se ha decretado la medida cautelar de arresto domicilio nocturno para un tercer ejecutivo que había quedado sin medidas cautelares en dicha instancia anterior.

La Fiscalía de la VI región y querellantes particulares los acusan de haber provocado, dolosamente, es decir, intencionalmente, varios incendios en la Sexta Región. Esta noticia, por supuesto, nos conmueve como industria. Conocemos a esas personas. Sabemos de su trayectoria, de su compromiso con su labor, sabemos de los esfuerzos que ellos mismos hicieron luego del inicio de los incendios para preservar o restablecer el servicio eléctrico en la zona. Sin embargo, más allá de nuestra solidaridad con ellos y sus familias, como industria nos vemos en la obligación de referirnos al tema de fondo de esta discusión y advertir que de prosperar la tesis de los acusadores, nuestro sistema jurídico como un todo, marcará una jurisprudencia sin precedentes en el desarrollo de cualquier actividad económica que conlleve riesgos en su operación, la que se verá seria y drásticamente afectada. En definitiva, a situaciones como éstas se verán expuestas las diferentes industrias y sectores productivos de nuestro país.

La tesis esgrimida por los acusadores se basa en una supuesta responsabilidad absoluta y a todo evento, de parte de los funcionarios de las empresas eléctricas (no de la empresa en sí misma, pues las querellas han sido contra las personas y no contra las empresas) de evitar que cualquier desperfecto o accidente en dichas líneas pueda provocar un incendio, haciendo penalmente responsables, como autores intencionales, a estos funcionarios, de las consecuencias de este accidente, tal y como si hubiera existido de parte de ellos la intención concreta y efectiva de provocarlos dolosamente.

Esta lógica, llevada al extremo, nos puede llevar a toda clase de consecuencias. Imaginemos que un médico es llamado de urgencia para socorrer a una persona. El médico tiene sus documentos de manejar vencidos y es detenido en el transcurso de su viaje por la policía. Debido a su falta de cuidado, la persona a la que debía socorrer muere. Ese médico sería culpable de homicidio intencional. Lo mismo se podría aplicar a cualquier industria e incluso organismo, público o privado.

La defensa de los ejecutivos de CGE ha presentado una abundante prueba que desmentiría todas o la mayoría de las imputaciones de los acusadores. La justicia deberá establecer cuáles son los hechos y cuáles las consecuencias de los mismos, una vez que concluya la investigación que recién comienza.

Sin embargo, insistimos que aun cuando alguno de los incendios pudo haberse generado por una incidencia eléctrica, situación que deberá ser dilucidada en el juicio, no creemos jurídicamente correcto, ni mucho menos razonable, que nuestra sociedad considere que un accidente o una omisión de cuidado, tenga como resultado imputaciones penales de intencionalidad.

Como industria, redoblamos una vez más nuestro compromiso con el país y con nuestros clientes,  hemos hecho y seguiremos haciendo todo lo necesario para colaborar en la prevención de accidentes, no sólo en lo que a nuestros equipos humanos compete, sino también en la necesaria coordinación de los esfuerzos que todos los responsables debemos hacer para evitar catástrofes como las vividas en el último verano. Evitar incendios forestales implica trabajar en las causas, entre las cuales las pericias técnicas coinciden que las de origen eléctrico son mínimas, pero también y muy en particular, en la contención de los mismos y la prevención de las condiciones de terreno y forestales que favorecen su propagación, entre otros.

Rodrigo Castillo M.
Director Ejecutivo
Asociación de Empresas Eléctricas A.G.

 

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