La iniciativa permitirá que los profesores cuenten con más tiempo para la preparación de sus clases, atención de alumnos y apoderados, evaluación de contenidos, entre otros. La medida – enmarcada en el nuevo Sistema de Desarrollo Profesional Docente o Ley 20.903 – rige para profesionales de la educación de sectores municipales con y sin jornada escolar completa, de establecimientos subvencionados, educadoras diferenciales de escuelas especiales y educadoras de párvulos.
A un año de negociaciones entre el Magisterio y Gobierno, este 2017 comenzó a regir el nuevo Sistema de Desarrollo Profesional Docente – pilar de la Reforma Educacional impulsada por la Presidenta Bachelet – que mejora las condiciones de trabajo de los profesionales de la educación; puntualmente, en lo que refiere al incremento de horas no lectivas.
De esta manera, los profesores tendrán menos sobrecarga laboral dependiendo de la cantidad de horas por la cual estén contratados y el tipo de establecimiento en el que se desempeñen.
“Una de las mayores demandas de los profesores, era que se estableciera un equilibrio entre las horas que debían estar en aula y las no lectivas; es decir, aquellas en las que no hacían clases, pero igualmente utilizaban para el cumplimiento de sus funciones. Hoy como Gobierno podemos anunciar que, a contar del presente año, se disminuyen las horas cronológicas de docencia en aula – aproximadamente – de un 75 a un 70% y a contar del 2019, a un 65%. Esto permitirá alivianar la carga de trabajo de nuestros docentes y mejorar no sólo sus condiciones laborales; sino que más importante aún, de vida, al no tener necesariamente que llevarse pruebas para corregir o planificar sus clases desde la casa, dedicándole así, más tiempo a sus familias”, manifestó el Secretario Regional Ministerial de Educación, Hernán Castro Monardes.
De acuerdo al Estatuto Docente modificado por la Ley 20.903, las actividades curriculares no lectivas, corresponden a aquellas labores educativas complementarias a la función docente realizada en aula; como por ejemplo, la preparación y seguimiento de actividades, evaluación de aprendizajes, realizar labores extraescolares o aquellas que contribuyan a mejorar el Proyecto Educativo Institucional y de Mejoramiento.
La distribución de la jornada de trabajo, deberá procurar que las horas no lectivas sean asignadas en bloques de tiempo suficientes para que los docentes puedan desarrollar la totalidad de sus labores y tareas asociadas al proceso de enseñanza.
Dicha modificación a la ley, rige para profesionales que trabajen en establecimientos municipales con y sin Jornada Escolar Completa, subvencionados, educadoras diferenciales de escuelas especiales, establecimientos con Programa de Integración Escolar (PIE), en niveles parvulario, básico y medio.
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