• La medida aplica en las 17 comunas que componen la Zona Saturada del Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) por MP 2,5 del valle central, que son Rancagua, Graneros, Doñihue, Olivar, Coltauco, Coinco, Quinta de Tilcoco, San Vicente, Placilla, Mostazal, Codegua, Machalí, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo.

La Delegación Presidencial de O’Higgins declaró Alerta Ambiental para el Valle Central de O´Higgins para este martes 16 de julio, como medida para el resguardo de la población ante los altos índices de contaminación del aire.

Esta alerta se aplica a las 17 comunas que componen la Zona Saturada del Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) por MP 2,5 del valle central de O’Higgins: Rancagua, Graneros, Doñihue, El Olivar, Coltauco, Coinco, Quinta de Tilcoco, San Vicente, Placilla, Mostazal, Codegua, Machalí, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo. 

Ante lo anterior, el delegado Fabio López reiteró el llamado a la comunidad para respetar las medidas decretadas con este episodio, “especialmente la prohibición de encender calefactores a leña y derivados de la madera, ya que más del 60% de la contaminación del aire en el Valle Central, se debe al uso de calefacción a leña en los hogares”.

Por su parte, la SEREMI del Medio Ambiente, Giovanna Amaya, explicó que “la leña es la principal fuente de contaminación del aire, genera material particulado, lo cual podría provocar o agravar problemas respiratorios en los grupos de riesgo, por lo que llamamos a la ciudadanía a preferir sistemas de calefacción limpios y amigables con el medio ambiente”.

Cabe indicar que la SEREMI de Salud O´Higgins ha habilitado un fono denuncia para que las personas puedan informar a la autoridad en caso de incumplimiento de la normativa relacionada al encendido de calefactores a leña en días de episodio ambiental, en esos casos, se debe llamar o escribir vía WhatsApp al número+56989036974.

Las medidas a implementarse en días en que se declara Alerta Ambiental son las siguientes:

-Prohibido encender estufas a leña, tengan o no certificación SEC. Solo se permite encender estufas a pellet.

-Colegios podrán realizar actividades deportivas de intensidad moderada solo en recintos cerrados.

-Las actividades vinculadas al Sistema Nacional de Competencias Deportivas (SNCD) se ejecutan a todo evento.

-Prohibición del funcionamiento de calderas a leña o carbón, a menos que acrediten emisiones de MP inferiores a 30 mg/m³N

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