Medida comenzará a regir a partir del lunes 27 de abril y será aplicable a toda persona que transite o se desplace por el espacio público o bien que se encuentre en lugares públicos de la comuna colchagüina.
Este martes 21 de abril en sesión extraordinaria remota del Concejo Municipal y presidida por el Alcalde Eduardo Escanilla Gaete, se aprobó la Ordenanza Municipal Sobre Uso de Mascarillas en el contexto del brote Covid-19, en el espacio público de la comuna de Nancagua.
Al respecto, la primera autoridad comunal explicó que “con mucha satisfacción el concejo de forma unánime aprobó este martes la Ordenanza de usos de mascarillas, la que nos permitirá seguir fortaleciendo el intenso trabajo de prevenir contagios de Coronavirus en nuestra comuna. Hasta el momento no tenemos positivos y esto se ha debido al cuidado de todos nuestros vecinos y a las medidas que desde el primer día de comenzada esta Emergencia Sanitaria tomó nuestra administración para cuidar la vida de toda la comunidad. Les pedimos a todas y todos los nancagüinos que cumplan con las medidas dispuestas en la presente ordenanza y todas aquellas que ya ha dispuesto la autoridad sanitaria a nivel nacional. En Nancagua nos cuidamos entre todos”, reafirmó el alcalde Escanilla.
La medida aprobada por unanimidad de los integrantes del Concejo Municipal señala que, “Toda persona que transite o se desplace por el espacio público o bien que se encuentre en lugares públicos en la comuna de Nancagua deberá usar una mascarilla que proteja su nariz y boca. La mascarilla deberá colocarse minuciosamente, para que cubra la boca y la nariz y anudarla firmemente para que no hay espacios de separación con la cara”.
En la misma línea, esta Ordenanza puntualiza que “La obligación de usar mascarillas establecidas en el artículo 1°, se establecen sin perjuicio de las demás medidas decretadas por la autoridad sanitaria como prioritarias en la protección contra el Covid-19, tales como el lavado frecuente de manos, el distanciamiento social y el uso obligatorio de mascarillas en los lugares indicados por la resolución N°282 del Ministerio de Salud y otras que la autoridad sanitaria determine”. Es así como esta norma se suma a la obligación de uso de mascarilla en espacios cerrados donde se encuentren 10 o más personas, medida que afecta a aeropuertos, locales comerciales, hoteles, establecimientos de salud, lugares de trabajo, establecimientos educacionales, residencias de adultos mayores, recintos deportivos, lugares de fabricación de alimentos y medicamentos, entre otros. Y a la obligatoriedad de su uso en todo transporte de pasajeros, ya sea público o privado remunerado.
Eduardo Escanilla Gaete precisó que “idealmente se recomienda no usar una mascarilla quirúrgica o clínica, ya que estas deben preservarse para todas las personas que, por su función o situación de salud, así lo requieran. Incentivando que las mascarillas a utilizar podrán ser de cualquier material, idealmente hechas en casa. Siendo lo más importante que cubra la nariz y boca para evitar la propagación del virus, ya sea de fabricación artesanal o industrial”.
Procedimiento y sanciones
La ordenanza puntualiza que esta medida regirá a partir del lunes 27 de abril de 2020 y hasta que se mantenga vigente el Decreto Supremo N°104 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de fecha 18 de marzo de 2020 que “declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el Territorio de Chile” o su respectiva prórroga, o bien, hasta que el Alcalde, previo acuerdo del Concejo Municipal, así lo determine.
Sobre el no acatamiento e infracción a lo señalado en esta Ordenanza, podrá ser sancionada con una multa de hasta 0,5 UTM, que será de competencia del Juzgado de Policía Local de Nancagua, la tramitación y fallo de la respectiva infracción.
La fiscalización de esta ordenanza será realizada por el o los funcionarios del Departamento de Inspección Municipal y Carabineros de Chile.
Comments